En un comunicado, la organización acusó al Estado mexicano de violar los derechos de dos hombres que estuvieron en prisión durante 17 años sin una sentencia
Ciudad de México, 12 de abril de 2023. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ordenó este miércoles a México eliminar la figura del arraigo pre-procesal y limitar la prisión preventiva.
En un comunicado, la CIDH ordenó a México medidas de reparación como concluir los procedimientos penales en curso en los plazos más breves, revisar la pertinencia de mantener las medidas cautelares, desarrollar las investigaciones sobre los hechos de tortura en perjuicio de las víctimas, dejar sin efecto en su ordenamiento interno las disposiciones relativas al arraigo de naturaleza pre–procesal, así como adecuar su ordenamiento jurídico interno sobre prisión preventiva oficiosa para ajustarlo con los estándares internacionales.
Además, la CIDH condenó al Estado mexicano por el arresto de dos hombres que permanecieron en prisión preventiva por 17 años sin sentencia.
“México es responsable la violación de los derechos a la integridad personal, libertad personal, a las garantías judiciales, a la igualdad ante la ley y a la protección judicial cometidas en contra de Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortiz por su detención y privación a la libertad”, señaló la organización.
Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortiz fueron arrestados en febrero y octubre de 2002.
Luego de su detención y de ser interrogados, fueron decretadas medidas de arraigo que implicaron su confinamiento por 47 y 34 días, según señala el comunicado de la CIDH.
Sin embargo, ambos fueron mantenidos en prisión preventiva por más de 17 años cuando se adoptaron medidas alternativas a la privación a la libertad, las cuales se encontraban vigentes cuando la Corte emitió su sentencia.
La CIDH señaló que la prisión preventiva oficiosa es contraria a la Convención Americana, ya que no se hace mención a las finalidades de la prisión preventiva, ni a los peligros procesales que buscaría precaver.
Por otro lado, el Tribunal consideró que las víctimas fueron sometidas a coacciones y torturas y que esos hechos no fueron debidamente investigados por el Estado.
“El Tribunal también encontró que, las declaraciones de las víctimas, obtenidas en condiciones de coacción y tortura, fueron utilizadas en distintos actos procesales del proceso penal llevado a cabo en su contra”, señaló la CIDH.
La Corte aseguró que se comprobó que el Estado vulnera el derecho de defensa en perjuicio de Daniel García en “la medida que este no contó con un defensor durante las primeras etapas de su detención, y arraigo”.
México analizará las resoluciones del tribunal internacional: Segob y SRE
Tras la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre el caso García Rodríguez y otro al Estado mexicano por la figura del arraigo pre-procesal y la prisión preventiva, la Secretaría de Gobernación y de Relaciones Exteriores informaron en un comunicado conjunto que se analizarán los resolutivos para cumplir con las disposiciones del tribunal internacional.
“El Estado Mexicano analizará con atención los resolutivos de la sentencia emitida por el tribunal interamericano, con el objetivo de estar en condiciones de cumplir con sus disposiciones y asegurar el mayor respeto a las obligaciones contenidas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, conforme a los compromisos internacionales del Estado y sus procesos democráticos internos”, se lee en el comunicado.
Asimismo, se reiteró el compromiso del país con el respeto, protección y promoción de los derechos humanos y con los instrumentos y mecanismos que los protegen, tanto en el ámbito regional como universal.
“La determinación de la Corte Interamericana servirá para orientar al Estado en cuanto a sus acciones para proteger los derechos de las personas privadas de la libertad y que enfrentan juicios frente a autoridades mexicanas”, agrega.
Texto: Redacción/ Agencia Reforma
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